Otorgan beneficios fiscales a automovilistas de Edomex

 

El Gobierno del Estado de México publicó un acuerdo a través del cual se otorgan beneficios fiscales a propietarios de vehículos destinados al transporte de uso particular.


El Gobierno del Estado de México publicó un acuerdo a través del cual se otorgan beneficios fiscales a propietarios de vehículos destinados al transporte de uso particular.

Se establece que del 1 de julio al 31 de diciembre del presente año se otorgará una condonación del 100% en tenencias, refrendos, cambio de propietario, entre otros impuestos y derechos.

Conforme a las autoridades, resultaba necesario otorgar beneficios fiscales a efecto de que propietarios de vehículos automotores de servicio particular que por alguna razón hayan omitido el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, regularicen su situación fiscal, sin afectaciones graves a su economía.

Dichas medidas, señaló, permitirán que los contribuyentes tengan certeza jurídica sobre su patrimonio, lo que a su vez, contribuirá a que el Estado tenga un padrón vehicular actualizado que incluya la identificación plena de los vehículos, a efecto de prevenir la comisión de delitos y coadyuvar con la seguridad pública en la entidad.

El acuerdo avalado por la Secretaría de Finanzas refiere que se otorga la condonación al 100% sobre el pago del ejercicio fiscal 2022 y anteriores en el impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y en el pago de derechos por la autorización con vigencia anual para el transporte de carga particular.

Este beneficio también se aplicará para el pago de derechos por refrendo para la vigencia anual de las placas de circulación para: vehículos de uso particular, de carga comercial, remolques, motocicleta, motoneta, trimoto y cuatrimoto, auto antiguo, vehículo ecológico, y convertidor (Dolly).

También se avaló la condonación al 100% sobre el pago del Impuesto sobre la Adquisición de Vehículos Automotores Usados y en los derechos por cambio de persona propietaria, siempre y cuando los trámites de cambio de propietario se realicen en el Estado de México, así como de sus accesorios causados durante el 2024 y años anteriores.

Asimismo, se especifica que para que las personas contribuyentes puedan ser sujetos de los beneficios, deberán cumplir con lo siguiente: pagar en una sola exhibición los importes de las contribuciones no eximidas; en caso de haber iniciado algún procedimiento administrativo o judicial en defensa a estos pagos, desistirse de los mismos; y cumplir con los lineamientos generales y procedimientos establecidos por la Secretaría de Finanzas.

AGM